Hacía unos años había aceptado un puesto en una filial de su empresa en el extranjero. Tras un año allí, les empeoraron las condiciones del contrato pero todos los desplazados se conformaron y se quedaron. Ahora volvían a hacerlo y él decidió no admitirlo.
Una vez retornado, le citaron para firmar la cancelación del contrato en curso y el nuevo contrato para su nuevo puesto en la empresa matriz. Antes de firmar la cancelación, le pidió al representante de la empresa que dejasen firmado el nuevo contrato. Éste sonrió y estampó su firma con floritura.
Una vez que todo estuvo firmado y se habían repartido las copias, el representante le dió las gracias por sus servicios y le dijo que ya no precisaban más de él. Le entregó entonces la carta de despido. Él protestó, acababan de firmar el contrato. El representante alegó que era un contrato “por obras y servicios” y que el trabajo en cuestión acaba de cancelarse. Estaba oficialmente despedido y, como su contrato no tenía antigüedad, según la ley no le correspondía finiquito alguno.
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Posted on 2016/02/22
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